Para estimar las capacidades de producción anual de que trata el artículo 195 de este Decreto, se tendrán como base los estudios de exploración técnica, de reservas probadas y probables, los proyectos de montaje, explotación y transformación, previamente aprobados por el Ministerio de Minas y Energía. Estos estudios y proyectos deberán referirse a todas las áreas colindantes o próximas que la empresa vaya a explotar en cualquier forma directa o indirectamente.
Decreto 2477 de 1986 →Vigente
Artículo 197
Para Estimar Las Capacidades De Producción Anual De Que Trata El Artículo 195 De Este Decreto, Se Tendrán Como Base Los Estudios De Exploración Técnica, De Reservas Probadas Y Probables, Los Proyectos De Montaje, Explotación Y Transformación, Previamente Aprobados Por El Ministerio De Minas Y Energía
Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.