Micelio

Artículo 10

Decreto 2183 de 1949 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Comercio e Industrias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo decimo. La categoría del personal será la siguiente

a)

Ministro

b)

Secretario General

c)

Director de Departamento

d)

Subdirector de Departamento

e)

Jefe de Sección

f)

Profesionales

g)

Empleados de denominación especial

h)

Contadores de denominación especial

i)

Contadores 1°, 2° 3° y 4°

j)

Mecanotaquígrafas 1ª y 2ª Mecanografías

k)

Auxiliares, Oficiales, Choferes 1° 2° y 3°. Porteros-Celadores, Ascensoristas, Carteros-Porteos y Carteros CAPITULO TERCERO Cargos y asignaciones CAPITULO CUARTO Disposiciones varias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2183 de 1949