Micelio

Artículo 64

En Esta Sección Es De Procedimiento Registrar: A) La Autoridad Clasificadora En El Cp-1

Decreto 1833 de 1979 · Por el cual se dictan normas sobre calificación y clasificación para el personal de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En esta Sección es de procedimiento registrar: a) La Autoridad Clasificadora en el CP-1

1.

Año al cual pertenece la clasificación.

2.

Número del acta y fecha en la cual la Junta aprobó la clasificación.

3.

Lista de clasificación asignada.

4.

Lugar, fecha, grado, cargo, firma, postfirma y sello oficial. b) La Autoridad Revisora en el CP-1 A. La autoridad revisora, después de haber revisado minuciosamente la calificación, indica con una "x" sobre la casilla correspondiente si se está de acuerdo o en desacuerdo con la calificación, consignando en forma narrativa en el espacio disponible, las razones de su decisión. Finalmente se escribe el lugar, fecha, grado, cargo, firma, postfirma y sello de la Autoridad Revisora. CAPITULO VII Normas para rendir el formulario CP-3.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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