Micelio

Artículo 2.2.5.9.2.1

Organización

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Organización. El Sistema Nacional de Búsqueda está conformado por

1.

La Comisión Intersectorial del Sistema Nacional de Búsqueda.

2.

La Comisión Asesora del Sistema Nacional de Búsqueda

3.

Los Comités Técnicos del Sistema Nacional de Búsqueda.

4.

Los Comités Territoriales del Sistema Nacional de Búsqueda.

Parágrafo

A las sesiones de la Comisión Intersectorial del Sistema Nacional de Búsqueda y demás Instancias del Sistema podrán ser invitadas organizaciones de la sociedad civil, víctimas, personas buscadoras y especialmente las mujeres buscadoras, organizaciones y organismos internacionales, de conformidad con los lineamientos de participación que formule la Comisión Intersectorial. Así como entidades públicas o mixtas del orden nacional o territorial y actores del sector privado u organizativo que no sean miembros cuando su participación se requiera según los temas a tratar, a quienes se le extenderá la invitación a la respectiva sesión a través de la Secretaría Técnica y tendrán derecho a voz, pero no voto. La asistencia de las entidades invitadas públicas o mixtas, del nivel nacional o territorial, será obligatoria de conformidad con las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado en la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2015