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Artículo 2

El Despacho Del Presidente De La República Tendrá Las Siguientes Dependencias: I Secretaria Privada; Ii

Decreto 890 de 1960 · Por el cual se reorganizan las dependencias de la Presidencia de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Despacho del Presidente de la República tendrá las siguientes dependencias: I Secretaria Privada; II. Consejeros del Presidente; III. Secretaria de Organización e Inspección de la Administración Pública; IV. Casa Militar.

Parágrafo

De acuerdo con lo establecido por el Decreto 550 de 1960, al terminar las labores que le señala el Decreto 517 de 1959, la Comisión de Reforma Administrativa será substituida por la Secretaria de Organización e Inspección de la Administración Pública. Esta Secretaria asumirá, igualmente, el cumplimiento de las funciones adscritas a la Inspección General de la Administración Pública por la Ley 1ª de 1958.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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