El Instituto tendrá un Director y un Secretario.
"El Director será elegido por la Junta Directiva en sesión plenaria, y durará seis años en su cargo; podrá ser reelecto una o más veces. El primer período del Director, para los fines de la presente Convención, principiará el día que ésta entre en vigor.
"El Secretario será nombrado por el Director, con la aprobación de la Junta Directiva del Instituto, y será directamente responsable ante el Director.
"El Director y el Secretario desempeñaran sus cargos hasta que sus sucesores respectivos sean designados y entren al desempeño de sus cargos; pero podrán ser removidos por el voto de la mayoría de los miembros del Instituto.
"El Director.