Micelio

Artículo 2

La Corporación Financiera Del Transporte, El Instituto Nacional Del Transporte Y La Dirección General-De Los Xiii Juegos Deportivos- Centroamericanos Y Del Caribe Acordarán El Número E Identificación De Los Vehículos Necesarios Para La Prestación Del Servicio De Transporte De Deportistas, E1 Cual No Podrá Exceder De Sesenta Automotores

Decreto 1340 de 1978 · Por el cual se dicta una disposición sobre el subsidio al Transporte Público Colectivo Urbano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Corporación Financiera del Transporte, el Instituto Nacional del Transporte y la Dirección General-de los XIII Juegos Deportivos- Centroamericanos y del Caribe acordarán el número e identificación de los vehículos necesarios para la prestación del servicio de transporte de deportistas, e1 cual no podrá exceder de sesenta automotores. La Junta Directiva de la Corporación reglamentará la forma de controlar la prestación del servicio durante el desarrollo de los juegos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1340 de 1978