Micelio

Artículo 2

El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Marzo De 1980

Decreto 525 de 1980 · Por el cual se fija y ordena el pago de gastos de representación a los Directores Generales de Administración, Aduanas, Crédito Público e Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición surte efectos fiscales a partir del 1° de marzo de 1980. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 525 de 1980