Micelio

Artículo 2

De La Ley 94 De 1965

Decreto 685 de 1966 · Por el cual se reglamenta la adquisición, por el Gobierno Nacional, de los bienes a que se refiere el artículo 3º de la Ley 94 de 1965, y se dispone su traspaso al Fondo Nacional Agrario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. En cumplimiento del contrato a que se refiere el artículo anterior, el Ministerio de Hacienda queda autorizado para emitir los pagarés y demás documentos de Deuda Pública que fueren necesarios para el pago de todo o parte del precio de la compraventa a que se refiere el mismo artículo.

Parágrafo

Para el servicio y amortización de las obligaciones que el Gobierno contraiga a favor de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, en virtud de este artículo, cada año se incluirán en el Presupuesto Nacional de las vigencias respectivas las apropiaciones necesarias al efecto, a falta de lo cual el Gobierno podrá efectuar con la misma finalidad las operaciones presupuestales y financieras autorizadas por el artículo 3º de la Ley 94 de 1965.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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