° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su promulgación. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 8 de abril de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Minas y Energía, Juan Camilo Restrepo Salazar . El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Fabio Villegas Ramirez .
Decreto 600 de 1992 →Vigente
Artículo 5
° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Promulgación
Decreto 600 de 1992 · Por el cual se crea la Comisión Evaluadora de la Situación Eléctrica y sus Perspectivas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.