Micelio

Artículo 87

Decreto 100 de 1989 · por el cual se reforma el régimen disciplinario para la Policía Nacional, aprobado y adoptado por el Decreto número 1835 de 1979.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CORRECTIVOS ACCESORIOS. Son correctivos accesorios los siguientes

a)

Descuento de una quinta parte del sueldo básico diario por cada día para quienes sufran arresto simple;

b)

Descuento de las dos quintas partes del sueldo básico diario por cada día, para quienes sufran arresto severo;

c)

Pérdida de nombramientos honoríficos para quienes sufran arresto severo.

Parágrafo 1

El descuento se hará efectivo por las correspondientes autoridades nominadoras el favor de Bienestar Social de la Policía Nacional.

Parágrafo 2

Las simples llamadas de atención y los descuentos por inasistencias injustificadas al servicio o no se considerarán correctivos disciplinarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 100 de 1989