Articulo 27. Las operaciones de préstamo que garantice el Estado para el desarrollo y fomento de cultivos de tardío rendimiento económico, se ajustaran a las condiciones de los contratos que celebre la Caja con el Gobierno Nacional para tal efecto.
Decreto 1697 de 1955 →Vigente
Artículo 27
Las Operaciones De Préstamo Que Garantice El Estado Para El Desarrollo Y Fomento De Cultivos De Tardío Rendimiento Económico, Se Ajustaran A Las Condiciones De Los Contratos Que Celebre La Caja Con El Gobierno Nacional Para Tal Efecto
Decreto 1697 de 1955 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.