Micelio

Artículo 7

Decreto 65 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del Estado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Oficina Asesora de Planeación . Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes

1.

Diseñar, implementar y responder por la operación del Banco de Proyectos de inversión y prestar asistencia técnica a las demás dependencias de la Empresa.

2.

Realizar el seguimiento y control de los proyectos de planes estratégicos, operativos y de acción, consolidarlos y presentarlos a la Gerencia de la Empresa para su aprobación, adjuntando los conceptos técnicos y financieros pertinentes y sus recomendaciones de aprobación, ajuste o rechazo.

3.

Efectuar el seguimiento y evaluación permanente del presupuesto de los proyectos de inversión de la empresa y coordinar la presentación y aprobación de modificaciones y ajustes de los mismos.

4.

Asesorar a la Gerencia General en la definición de las políticas sectoriales que incidan en los objetivos de la Institución.

5.

Preparar el plan estratégico, indicativo y operativo de la empresa.

6.

Asesorar a todas las dependencias de la Empresa en la ejecución de los planes y programas Institucionales e igualmente en los procesos de Planeación y Programación.

7.

Asesorar a todas las dependencias de la empresa en el desarrollo y documentación de los manuales de procesos y procedimientos, con el fin de racionalizar las actividades y recursos de la empresa.

8.

Asesorar a la Gerencia General en la formulación de la política informática en cuanto a procesos informáticos, plataformas, arquitecturas, herramientas y recursos para la construcción y operación de sistemas de información.

9.

Diseñar, actualizar y custodiar un sistema de información sobre los planes y proyectos estratégicos, operativos y de acción que se hayan ejecutado, que estén en ejecución y los que estén aprobados pendientes de ejecución.

10.

Diseñar el plan de sistematización de la entidad acorde con los procesos esenciales de Entidad y determinar las necesidades tecnológicas de la institución para dicho plan.

11.

Planear, organizar, desarrollar, implantar y evaluar los sistemas de información que requiera la Institución, conforme a las necesidades planteadas por las áreas usuarias.

12.

Desarrollar y mantener el Plan de Desarrollo Informático Institucional.

13.

Conducir los planes y programas de modernización informática de la organización y someter a consideración de la Gerencia General los cambios tecnológicos que favorezcan la operación de los sistemas.

14.

Coordinar el programa de capacitación informática para el personal de la entidad.

15.

Dirigir el mantenimiento y optimización de los sistemas de información en producción, con el fin de adecuarlos a las necesidades de los usuarios.

16.

Evaluar periódicamente el comportamiento computacional de los sistemas en producción y en desarrollo, con el objeto de prever con oportunidad las aplicaciones o modificaciones acordes a las necesidades institucionales.

17.

Las demás que le señalen las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales de la empresa y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 65 de 2004