Micelio

Artículo 1

Conforme En Lo Previsto En El Artículo 46 Del Decreto 1056 De 1953, Código De Petróleos, El Gobierno Nacional A Través Del Ministerio De Minas Y Energía Podrá Otorgar En Concesión La Construcción Y Operación De Gasoductos Troncales Para El Transporte Público De Gas Natural, Previo Cumplimiento De Los Requisitos Señalados En Este Decreto Y Las Normas Legales Vigentes

Decreto 625 de 1992 · por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VIII del Decreto 1056 de 1953.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Conforme en lo previsto en el artículo 46 del Decreto 1056 de 1953, Código de Petróleos, el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Minas y Energía podrá otorgar en concesión la construcción y operación de gasoductos troncales para el transporte público de gas natural, previo cumplimiento de los requisitos señalados en este Decreto y las normas legales vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 625 de 1992