Micelio

Artículo 1

Créase, Con Sede En La Capital De La República, La Federación Nacional De Ganaderos, La Cual Podrá Establecer Sucursales O Agencias En Los Lugares; Que Ella Estime Conveniente

Decreto 112 de 1955 · Por el cual se crea la Federación Nacional de Ganaderos, y se dictan otras disposiciones para el fomento de la ganadería

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase, con sede en la capital de la República, la Federación Nacional de Ganaderos, la cual podrá establecer sucursales o agencias en los lugares; que ella estime conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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