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Artículo 3

Las Juntas Administradoras De Deportes Tendrán A Su Cargo El Desarrollo Y Ejecución De Los Planes De Estímulo Y Fomento De La Educación Física, Los Deportes Y La Recreación Deportiva Y Para Su Desarrollo Y Cumplimiento Tendrán Las Siguientes Funciones: 1

Decreto 2650 de 1977 · Por el cual se reorganizan las Juntas Administradoras de Deportes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Juntas Administradoras de Deportes tendrán a su cargo el desarrollo y ejecución de los planes de estímulo y fomento de la educación física, los deportes y la recreación deportiva y para su desarrollo y cumplimiento tendrán las siguientes funciones

1.

Elaborar los planes sobre educación física, deportes y recreación deportiva en su respectivo territorio, los cuales deberán ajustarse a las políticas y planes del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte y presentarlos para aprobación de éste.

2.

Administrar los fondos creados por la Ley 47 de 1968 y las demás rentas que por ley, decreto, ordenanza o acuerdo les sean asignadas.

3.

Proyectar y construir instalaciones deportivas, de educación física y recreación en sus respectivos territorios, con la aprobación del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto dicte este último. La aprobación del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte deberá ser previa a la iniciación de la construcción de la respectiva obra y no podrá ser otorgada si ésta no se encuentra financiada por lo menos en la parte necesaria para poder ser utilizada deportivamente con la inversión inicial.

4.

Administrar deportiva y económicamente los estadios, gimnasios. piscinas, clubes populares, campos de juegos y demás instalaciones destinadas a la práctica de la educación física, los deportes y la recreación deportiva de su propiedad, o cuya administración les sea confiada por las entidades propietarias de dichas instalaciones y percibir en este caso los ingresos provenientes de dicha administración.

5.

Fomentar la organización deportiva de la comunidad, en municipios, corregimientos, inspecciones, veredas y barrios y ejercer la dirección y control necesarios, prestándoles dentro de sus posibilidades, asistencia técnica y económica.

6.

Fomentar e impulsar la educación física, los deportes y la recreación deportiva en todo el territorio de su jurisdicción en cooperación con entidades públicas y privadas.

7.

Promover y apoyar el fomento de la educación física, los deportes y la recreación deportiva en los planteles del sector educativo.

8.

Prestar ayuda financiera, dentro de sus posibilidades económicas, a las ligas departamentales y clubes municipales de deportes para el desarrollo de sus actividades, y para cubrir los aportes de sostenimiento de las federaciones:

9.

Contribuir a la financiación de las delegaciones de las ligas de su jurisdicción a los campeonatos nacionales y zonales. Igualmente, cuando se trate de torneos internacionales a los cuales sea invitada la respectiva liga, la Junta Administradora de Deportes podrá coadyuvar a su financiación, siempre y cuando que tal participación sea aprobada por la respectiva federación deportiva, previo el visto bueno del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.

10.

Contribuir a la financiación de los campeonatos nacionales, interdepartamentales e intermunicipales, que se celebren dentro de su jurisdicción. Igualmente, cuando se trate de campeonatos internacionales que deban realizarse dentro de su jurisdicción, la Junta Administradora podrá prestar ayuda financiera, previo el visto bueno del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.

11.

Otorgar asistencia técnica dentro de sus posibilidades a entidades públicas o privadas para el fomento y desarrollo de la educación física, el deporte y la recreación deportiva.

12.

Promover sistemas de integración y prestación de servicios a nivel regional, aun fuera de su jurisdicción, en cooperación con entidades oficiales y privadas, que permitan una mejor utilización de los recursos disponibles, de acuerdo con las normas y orientaciones del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.

13.

Promover la investigación científica en todos los campos de la educación física, los deportes y la recreación deportiva.

14.

Fomentar las organizaciones del deporte asociado y ejercer su supervisión y control.

15.

Promover la vinculación del sector privado, canalizando recursos hacia el desarrollo deportivo de la comunidad.

16.

Coadyuvar, de acuerdo con sus recursos económicos a la financiación de los programas concordantes con los objetivos del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, que se desarrollen por parte de las otras entidades públicas o privadas.

17.

Las demás que les asignen el Gobierno Nacional y el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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