º. La Empresa Nacional de Telecomunicaciones seguirá disfrutando de los privilegios y derechos que las leyes y disposiciones vigentes le han concedido a la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones, continuará con la misma organización autónoma de que disfruta en la actualidad y su administración se realizará de acuerdo con lo establecido en el Decreto No. 2145 de 1949.
Decreto 1233 de 1950 →Vigente
Artículo 2
La Empresa Nacional De Telecomunicaciones Seguirá Disfrutando De Los Privilegios Y Derechos Que Las Leyes Y Disposiciones Vigentes Le Han Concedido A La Empresa Nacional De Radiocomunicaciones, Continuará Con La Misma Organización Autónoma De Que Disfruta En La Actualidad Y Su Administración Se Realizará De Acuerdo Con Lo Establecido En El Decreto No
Decreto 1233 de 1950 · Disposiciones sobre servicios telefónicos, etc
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.