Micelio

Artículo 18

Ley 153 de 1896 · Sobre Montepío Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por cualquiera de las causas enumeradas en el artículo anterior, y también por notoria mala conducta, á juicio de Poder Ejecutivo, perderán los herederos de los militares la asignación á que tendrían derecho, ó de que estén ya en posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 153 de 1896