° Modificar parcialmente el artículo 2° del Acuerdo número 094 de 1980 por el cual se crean unos empleos para la Atención Básica, Especializada y de Urgencias, en les siguientes términos
Suprimir los empleos que se indican a continuación: Areas y unidades funcionales N° de cargos Denominación Dedicación Clase Grado Coordinación. 1 Coordinador de Servicios Asistenciales Parcial ( 4 hs) II 38 1 Asistente de Relaciones y Comunicaciones Parcial ( 4 hs) I 20 Atención Especializada. Especialidades Quirúrgicas: 2 Médico Especialista (Cirugía General) Parcial ( 4 hs) II 36 Médico Especialista (Oftalmología) Parcial ( 4 hs) II 36 1 Médico Especialista (Otorrinolaringología) Parcial ( 4 hs) II 36 2 Médico Especialista (Ortopedia y Traumatología) Parcial ( 4 hs) II 36 3 Médico Especialista (Anestesiología) Parcial ( 4 hs) II 36 Especialidades Gineco-obstricas y Pediátricas: 1 Médico Especialista Parcial ( 4 hs) III 36 2 Médico Especialista (Gineco-obstetricia) Parcial ( 4 hs) II 36 2 Médico Especialista (Pediatría) Parcial ( 4 hs) II 36 Clínicas Médicas: 2 Médico Especialista (Medicina Interna) Parcial ( 4 hs) II 36 Atención Básica. Equipos de Cuidado Médico: 1 Médico General Parcial ( 6 hs) 36 Servicios de Apoyo. Farmacia y Despacho de Medicamentos: 1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Despachador) Completa II 13
Crear los siguientes empleos: Areas y unidades funcionales N° de cargos Denominación Dedicación Clase Grado Coordinación. 1 Asistente de Relaciones y Comunicaciones Atención Especializada. Especialidades Quirúrgicas: 2 Médico Especialista (Cirugía General) Parcial ( 4 hs) III 38 1 Médico Especialista (Oftalmología) Parcial ( 4 hs) III 38 1 Médico Especialista (Otorrinolaringología) Parcial ( 4 hs) III 38 2 Médico Especialista (Ortopedia y Traumatología) Parcial ( 4 hs) III 38 3 Médico Especialista (Anestesiología) Parcial ( 4 hs) III 38 Especialidades Gineco-obstetricas y Pediátricas: 3 Médico Especialista (Gineco-obstetricia) Parcial ( 4 hs) III 38 2 Médico Especialista (Pediatría) Parcial ( 4 hs) III 38 Clínicas Médicas: 2 Médico Especialista (Medicina Interna) Atención Básica. Equipos de Cuidado Médico: 1 Médico General Equipos de Cuidado Odontológico: 1 Odontólogo General Parcial ( 4 hs) 36 Cooperación Asistencial: 1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Higienista Dental) Completa 13 13 Servicios de Apoyo. Laboratorio Clínico: 1 Bacteriólogo Parcial ( 4 hs) II 20 Farmacia y Despacho de Medicamentos: 1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Farmacia) Completa II 13 Soporte Administrativo. 1 Ayudante de Servicios Generales Completa I 8 Suprimir el
del artículo 2° del Acuerdo número 094 de 1980. Adicionar el artículo 2° del Acuerdo número 094 de 1980, con les siguientes
s:
El Jefe de la División de Servicios de Salud, creado en el artículo 1° de este Acuerdo, cumplirá, además de las funciones propias de su empleo, las de Coordinador de Atención Básica, especializada, ambulatoria y de urgencias en la ciudad de Montería.
Los Enfermeros de las diferentes Unidades, prestarán atención a los pacientes hospitalizados, por fuera de los turnos ordinarios, de acuerdo con la programación que para el efecto determine el Jefe de la División de Servicios de Salud.