Articulo 4º La División de Coordinación de los Fondos Educativos Regionales estudiará y evaluará los informes que los funcionarios de los Fondos Educativos Regionales están obligados a rendir al Ministerio
Informes mensuales de gestión, trimestrales y semestrales sobre estado de caja y bancos y ejecución presupuestal de acuerdo con las normas que señale el Ministerio de Educación;
Copias de los acuerdos emanados de las Juntas Administradoras y de las actas de las respectivas reuniones;
Estadísticas establecidas en las normas vigentes.
La División de Coordinación de los Fondos Educativos Regionales tramitará ante las diferentes dependencias del Ministerio los asuntos relacionados con los Fondos Educativos Regionales y a su vez los que las unida-des administrativas deben tramitar ante los FER.