Micelio

Artículo 15

Actualización De Documentos

Decreto 2163 de 2012 · por el cual se conforma y reglamenta la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Actualización de documentos. Los consejos comunitarios de comunidades negras y palenqueras con título colectivo adjudicado por el Incoder y las organizaciones de raizales de San Andrés, Providencia y Santa Catalina de que trata el presente decreto, deberán actualizar anualmente su plan de actividades, la relación de sus miembros, los cambios totales o parciales en su junta, y los datos relacionados con la dirección y representación legal o de cualquiera de sus órganos de dirección o administración, y reportar tal información a la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, del Ministerio del Interior, o quien haga sus veces, dentro de los tres (3) primeros meses de cada año.

Parágrafo

Cuando se trate de novedades en la junta de los Consejos Comunitarios, la información deberá ser remitida por la respectiva alcaldía a la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, dentro de los términos establecidos en el

Parágrafo 2

del artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2163 de 2012