Micelio

Artículo 2

Decreto 415 de 2003 · por medio del cual se reglamenta el artículo 80 de la Ley 788 de 2002.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Firmeza de la declaración. El término de firmeza de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2002 que cumplan con los requisitos legales y reglamentarios para la actualización de patrimonio, es de cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de su presentación, respecto de la posible renta, por comparación patrimonial que pueda resultar por la inclusión de los activos poseídos en el exterior y no declarados en años anteriores, por la disminución de pasivos inexistentes o de pérdidas acumuladas, así como en relación con la adición de ingresos correspondientes a tales bienes y a los que les dieron origen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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