Micelio

Artículo 1

Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, Regirán Las Siguientes Medidas; A) Toque De Queda; B) Control Reservado A La Circulación, De Personas Por Las Vías Y Lugares Públicos, Para Práctica De Requisas Y Obtener Identificación E Informes Sobre Procedencia Y Lugar De Destino Impedir La Formación De Grupos De Más De Tres Personas O Su Acceso A Lugares Donde Funcionen Instalaciones De Servicios Públicos Esenciales O Cuarteles De La Fuerza Pública: C) Vigilancia Del Tránsito De Vehículos, Tanto En El Sector Urbano Como En El Rural, Para Establecer La Propiedad De Los Mismos, La Identidad De Las Personas Que En Ellos Viajen, Su Procedencia Y Destino Y Los Elementos Que Transportan, Y Controlar La Circulación Intermunicipal, Y D) Prohibición De Expendio Y Consumo De Licores O Bebidas Embriagantes En Sitios O Establecimientos Públicos O Abiertos Al Público

Decreto 1133 de 1970 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público y su restablecimiento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Mientras subsista turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, regirán las siguientes medidas

a)

Toque de queda;

b)

Control reservado a la circulación, de personas por las vías y lugares públicos, para práctica de requisas y obtener identificación e informes sobre procedencia y lugar de destino impedir la formación de grupos de más de tres personas o su acceso a lugares donde funcionen instalaciones de servicios públicos esenciales o cuarteles de la fuerza pública:

c)

Vigilancia del tránsito de vehículos, tanto en el sector urbano como en el rural, para establecer la propiedad de los mismos, la identidad de las personas que en ellos viajen, su procedencia y destino y los elementos que transportan, y controlar la circulación intermunicipal, y

d)

Prohibición de expendio y consumo de licores o bebidas embriagantes en sitios o establecimientos públicos o abiertos al público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1133 de 1970