Micelio

Artículo 3

Focalización En Proyectos De Inversión Para Las Entidades Territoriales

Decreto 1414 de 2026 · Por el cual se adoptan medidas transitorias relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En virtud de lo dispuesto en el presente Decreto, las entidades territoriales beneficiarias de los recursos de las Asignaciones Directas, la Asignación para la Inversión Regional del 60% en cabeza de los departamentos y la Asignación para la Inversión Local del Sistema General de Regalías afectadas por la emergencia, podrán hasta el31 de diciembre de 2026 destinar al menos el 30% de los saldos disponibles de estas asignaciones a la entrada en vigencia del presente Decreto, para la financiación de los proyectos de inversión que tengan por objeto hacer frente a los hechos que originaron la Emergencia Económica Social y Ecológica declarada por el Gobierno nacional, así como, conjurar y evitar su agravamiento e impedir la extensión de sus efectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1414 de 2026