En el juicio correspondiente que se promueva ante los Jueces Civiles, los interesados del menor serán defendidos por el curador, que será nombrado por el respectivo Juez de Menores, funcionario a quien se notificará la demanda para efectos del nombramiento.
En caso de haber obtenido el padre en el Juzgado de Menores el pronunciamiento de la paternidad, deberá pagar en el juicio que se promueva ante los Jueces Civiles los honorarios del curador.
Lo mismo será en el caso de haber obtenido pronunciamiento en su contra enel juicio de alimentos.