Micelio

Artículo 330

Ley 95 de 1936 · Sobre Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que destine casa o establecimiento para cometer allí actos homosexuales, o autorice a otros para hacerlo, está sujeto a la pena de uno a tres años de prisión.

Esta sanción se aumentará hasta en una cuarta parte si el responsable se propusiere un fin de lucro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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