º . Procedimiento para la designación. Para la integración inicial de la Comisión Consultiva, así como para las designaciones individuales por vencimiento de período y vacancias definitivas, el Ministro de Educación Nacional solicitará el envío de ternas al Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, la Asociación Colombiana de Universidades, ASCUN; cada una de las Asociaciones de Instituciones de Educación Superior; el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas, Colciencias, el Colegio Máximo de Academias; y otras Instituciones relacionadas con el sector que gocen de alta acreditación y reconocimiento. Las ternas deberán ser enviadas dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de la solicitud, acompañadas de la hoja de vida de los postulados. El Ministro de Educación Nacional hará la designación en un plazo no mayor de quince (15) días.
Para la integración inicial de la Comisión Consultiva, el Ministro de Educación Nacional formalizará la solicitud de ternas, al día siguiente de la entrada en vigencia del presente decreto y los postulantes dispondrán de un (1) mes para el envío de las mismas. El Ministro de Educación Nacional hará las designaciones dentro del mes siguiente al recibo de las ternas.