Micelio

Artículo 6

Oficina De Control Interno Disciplinario

Decreto 249 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina de Control Interno Disciplinario . Son funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario

1.

Recibir las quejas e informes referidos a conductas disciplinarias de los servidores públicos del SENA.

2.

Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores de la Entidad.

3.

Presentar al Director General y a los Organismos de Control, los informes del área de su competencia.

4.

Apoyar a la administración en la identificación de las faltas disciplinarias más recurrentes para sugerir estrategias y políticas de prevención, a fin de disminuir las quejas e informes y en consecuencia los procesos disciplinarios.

5.

Realizar capacitaciones preventivas a los funcionarios de la Entidad, con el fin de prevenir la violación de las normas y la comisión de conductas disciplinables.

6.

Verificar la ejecución de las sanciones impuestas a los servidores públicos de la Entidad.

7.

Mantener actualizado y sistematizado el consolidado de las actuaciones adelantadas en los procesos disciplinarios.

8.

Atender las solicitudes que formule a la entidad la Procuraduría General de la Nación.

9.

Mantener actualizada la compilación de normas legales tanto internas como externas, así como la jurisprudencia en materia disciplinaria y divulgarlas.

10.

Promover las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos y funciones, velando por la unidad administrativa y técnica del área.

11.

Participar en el diseño, control, ejecución y evaluación periódica de las políticas, planes, proyectos y programas bajo la responsabilidad de la dependencia.

12.

Establecer, gestionar y mantener relaciones de coordinación y comunicación permanente con otras dependencias y entidades, relacionadas con la naturaleza, objetivos y actividades de la dependencia.

13.

Difundir, vigilar y controlar el estricto cumplimiento de programas, normas y procedimientos establecidos en la entidad.

14.

Responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas y proyectos de la dependencia.

15.

Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de Gestión de Calidad y velar por la mejora continua de los mismos en la dependencia.

16.

Coordinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la definición y aplicación de indicadores de gestión para los procesos de la dependencia.

17.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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