Micelio

Artículo 58

Decreto 482 de 1985 · Por el cual se reglamenta el régimen disciplinario en la Ley 13 de 1984

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DEL LIBRO DE CONTROL DISCIPLINARIO.Las unidades de personal de las entidades cobijadas por el régimen disciplinario a que se refiere el presente Decreto, así como las de sus dependencias regionales o seccionales deberán llevar un libro de control disciplinario en el que se radicarán, en estricto orden numérico y de presentación, las quejas que se formulen contra los funcionarios que prestan sus servicios a la entidad o dependencia regional o seccional respectiva. En el citado libro deberá constar, por lo menos la siguiente información

a)

Nombre del informante o quejoso;

b)

Nombre del empleado o empleados contra los cuales se formula la queja;

c)

Fecha de presentación de la queja;

d)

Naturaleza de la queja;

e)

Trámite dado a la queja y resultados del mismo;

f)

Sanción disciplinaria impuesta al investigado con indicación de la fecha y número de la providencia mediante la cual se hizo efectiva su aplicación, en el evento de que el empleado resultare responsable;

g)

Número y fecha de las comunicaciones mediante las cuales se informó a la Procuraduría General de la Nación de la iniciación y de los resultados de la investigación disciplinarla adelantada;

h)

Número y fecha de las comunicaciones recibidas de la Procuraduría General de la Nación, relacionadas con la iniciación por parte de este organismo de investigaciones disciplinarias contra funcionarios de la entidad o de la seccional o regional respectiva y de las que informen sobre los resultados de las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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