°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional, para la vigencia fiscal de 1981, en la suma, de $ 44.000.000:00 (cuarenta y cuatro millones de pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS INVERSION DIRECTA PROGRAMA 03 Estudios; construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras Artículo 03 (6854) - Construcción de otras carreteras $ 25.000.000.00 , Proyecto83 - Troncal Bolivariana Sumapaz, Cundinamarca 20.000.000.00 Proyecto 84 - San Juan de Sumapaz - Maúllo, Cundinamarca 5.000.000.00 Total Programa 03 $ 25.000.000.00 PROGRAMA 06 Construcción y reconstrucción de accesos a ciudades y obras civiles. Artículo 06 (6857 - Accesos a ciudades y obras civiles $ 8.000.000.00 Proyecto 183 - Pavimentación calles de Sincelejo 8.000.000.00 Total Programa 06 $ 8.000.000.00 INVERSIONINDIRECTA Aporte de la Nación al Fondo Nacional de Caminos Vecinales através del Fondo Vial Nacional. PROGRAMA 15 Programas ordinarios y funcionamiento. Artículo 48 (6896) - Construcción de caminos vecinales $ 11.000.000.00 Proyecto 324 - Túquerres - La Guayaquila- San Francisco, Túquerres - Ospina, Túquerres - Sapuyes, Nariño 6.000.000.00 Proyecto 325 - Salento - La Ceja - Toche, Quindío 5.000.000.00 Total Programa 15 $ 11.000.000.00 Total Presupuesto de Gastos $ 44.000.000.00
Decreto 3603 de 1981 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional, Para La Vigencia Fiscal De 1981, En La Suma, De $ 44
Decreto 3603 de 1981 · por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia, en la suma de $ 44.000.000.00.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.