Comercialización entre estaciones de servicio. El Ministerio de Minas y Energía podrá reglamentar mediante acto administrativo de carácter general las excepciones a la prohibición de venta de combustibles líquidos derivados del petróleo entre estaciones de servicio, establecida en el numeral 9 del artículo 22 del presente decreto, cuando el mercado y la logística de distribución lo ameriten, así como las ventas entre estaciones de servicio y grandes consumidores.
Decreto 4299 de 2005 →Vigente
Artículo 40
Decreto 4299 de 2005 · Por el cual se reglamenta el artículo 61 de la Ley 812 de 2003 y se establecen otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
compila por decreto 1073/15 modificado por decreto 1333/07 modificado por decreto 1333/07 modificado por decreto 2165/06 modificado por decreto 2165/06
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.