° . Delegación en el Superintendente Delegado para Investigaciones de la Superintendencia de Valores . Deléganse en el Superintendente Delegado para Investigaciones de la Superintendencia de Valores, las siguientes funciones
Ordenar, a título de sanción, la remoción de los administradores o de los empleados de los emisores de valores, cuando por causas atribuibles a los mismos ocurran irregularidades graves que afecten el mercado público de valores.
Suspender con sujeción a las normas vigentes, a título de sanción o medida cautelar, según el caso, la inscripción de un intermediario en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
Ordenar, a título de sanción, la suspensión de actividades de los comisionistas hasta por un año y cancelar su inscripción en bolsa en forma definitiva.
Suspender, a título de sanción, el permiso de funcionamiento de las bolsas de valores, de bienes y productos agropecuarios y agroindustriales, de opciones y futuros, cuando no se ajusten a las leyes, a sus estatutos o reglamentos, cuando se dediquen a actividades ajenas a su objeto, o cuando no acaten las providencias de la Superintendencia de Valores.
Ordenar, dentro del procedimiento administrativo sancionatorio, las medidas cautelares previstas en las normas vigentes.
Suspender, a título de sanción, la inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
Suspender o revocar el permiso de funcionamiento de las bolsas de valores cuando no se ajusten a las leyes, a sus estatutos o reglamentos, cuando se dediquen a actividades ajenas a su objeto, o cuando no acaten las providencias de la Superintendencia de Valores.
Imponer las multas a que se refiere la Ley 27 de 1990, y normas concordantes o normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.
Velar, dentro del ámbito de su competencia, por que quienes participen en el mercado de valores ajusten sus operaciones a las normas que lo regulan y ordenar la práctica de visitas.
Adoptar, dentro del ámbito de su competencia, las medidas que conduzcan a la promoción y desarrollo del mercado y a la protección de los inversionistas.
Las demás funciones relacionadas con el ejercicio de la potestad sancionatoria que las normas vigentes otorguen o lleguen a otorgar a la Superintendencia de Valores, siempre y cuando no se encuentren atribuidas al Superintendente de Valores.