En el Presupuesto de la próxima vigencia se apropiaran las sumas necesarias para atender al cumplimiento de esta Ley. En el caso de que tales apropiaciones no hicieren, facultase al Gobierno para abrir los créditos respectivos.
Ley 85 de 1947 →Vigente
Artículo 3
Ley 85 de 1947 · Por la cual se reconoce una prima de sueldos y salarios con motivo de la IX Conferencia Panamericana y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.