º . Funciones de la entidad. La Caja Promotora de Vivienda Militar cumplirá las siguientes funciones
Colaborar con el Ministerio de Defensa Nacional en la formulación de la política y planes generales en materia de vivienda propia para sus afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios.
Administrar directa o indirectamente los bienes muebles o inmuebles y los recursos de capital que constituyen el patrimonio de la Entidad.
Fomentar el ahorro voluntario de sus afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios. 4. organizar sistemas especiales de administración de los ahorros y subsidios de los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, a través de entidades fiduciarias, corporaciones de ahorro y vivienda u otras entidades del sector financiero, vigiladas por la Superintendencia Bancaria. 5. Celebrar contratos de mandato, encargos de gestión, administración fiduciaria y de fiducia pública en las diferentes modalidades, conforme a las reglas de la Ley 80 de 1993, o las que la modifiquen o reformen. 6. Recibir y administrar el ahorro de sus afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios. 7. Llevar el registro de aportes de sus afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, a través de cuentas individuales. 8. Pagar a los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, el ahorro que por concepto de cesantías sea trasladado a la Caja por el Ministerio de Defensa Nacional, Policía Nacional o Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional. 9. Actuar como intermediario, a solicitud de los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, para la obtención de créditos a largo plazo con destino a la consecución de vivienda y organizar para tal efecto sistemas y procedimientos especiales. 10. Asociarse o vincularse patrimonialmente a sociedades administradoras de cesantías, fondos de capitalización y sociedades fiduciarias. 11. Identificar las necesidades de vivienda de sus afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, por categoría relativamente homogénea, con el fin de que puedan participar colectivamente en proyectos específicos. 12. Identificar en el mercado proyectos habitacionales de vivienda nueva o usada, para facilitar a los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, la adquisición de vivienda a través de los sistemas disponibles. 13. Negociar a solicitud de los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, la ejecución de programas de vivienda, asesorar su vinculación a éstos y velar por el cumplimiento de las condiciones técnicas y financieras pactadas. 14. Ejercer a nombre de los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, la supervisión técnica del desarrollo de los programas de vivienda a los que se vinculen. 15. Gestionar la consecución de subsidios y apoyos de carácter técnico y financiero que contribuyan a mejorar el acceso a la vivienda de los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios. 16. Las demás que correspondiendo a los objetivos, sea necesario adelantar para el cumplimiento adecuado de los mismos. CAPITULO II. Dirección y Administración