A rtículo 2.40.2.1.2. Clasificación de los productos. Los productos que se ofrezcan a los clientes se clasifican en simples y complejos. La Superintendencia Financiera de Colombia determinará la categoría en que se clasifican los diferentes productos teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios
La complejidad de su estructura;
Los riesgos asociados y la facilidad para analizarlos;
La información disponible y la transparencia de la misma para efectos de valoración;
Las limitaciones para salir de la posición de inversión en el producto;
La complejidad de las fórmulas de remuneración;
La incorporación de condiciones en los mecanismos de protección del capital. Para la clasificación de los productos la Superintendencia Financiera de Colombia puede aplicar uno o varios criterios según lo considere pertinente. Así mismo, puede definir los productos con la generalidad o especificidad que considere adecuada.
La Superintendencia Financiera de Colombia realizará también la clasificación para los productos del exterior con base en los criterios establecidos en este artículo y podrá adoptar los criterios adicionales que considere pertinentes para el efecto.