Artículo segundo . Modificar el artículo 132 del Acuerdo número 036 de 1978, cuyo texto quedará así: "Del Jefe de la Oficina de Planeación e Informática del Nivel Seccional 'A'. Son requisitos para el cargo de Jefe de la Oficina de Planeación e Informática del Nivel Seccional "A". Clase II: - Título profesional. - Estudios adicionales, no inferiores a 500 horas en administración, planeación o áreas afines. - Tres (3) años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la administración, planeación u organización de servicios de salud, a niveles directivos o asesor y cinco (5) años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos".
Decreto 1224 de 1983 →Vigente
Artículo 132
Del Acuerdo Número 036 De 1978, Cuyo Texto Quedará Así: "del Jefe De La Oficina De Planeación E Informática Del Nivel Seccional 'a'
Decreto 1224 de 1983 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 245 del 10 de marzo de 1983, emanado de la Junta Administradora del ISS
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.