Micelio

Artículo 50

Las Disposiciones De Esta Sección Y De Las Sección Sesta Serán Aplicables Únicamente Al Personal Que Se Incapacite Se Haya Incapacitado Con Posterioridad Al 19 De Febrero De 1945

Decreto 2332 de 1946 · Por el cual se reglamentan las prestaciones sociales y se crea la Caja de Previsión Social de los empleados y obreros del Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones de esta Sección y de las Sección Sesta serán aplicables únicamente al personal que se incapacite se haya incapacitado con posterioridad al 19 de febrero de 1945. SECCION OCTAVA De las prestaciones por causa de muerte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2332 de 1946