Micelio

Artículo 3

Son Funciones Del Secretario Privado: 1ª Dirigir El Reparto De La Correspondencia Que Llegue Al Ministerio; 2ª Informar Al Ministro Y Secretario General, Según El Caso, Sobre Los Asuntos De Mayor Importancia Que Se Repartan A Las Diferentes, Dependencias, O Que Requieran Inmediata Tramitación; 3ª Proyectar Los Oficios Y Correspondencia Que Le Ordene El Ministro; 4ª El Control Y Manejo De La Clave Del Ministerio; 5ª La Vigilancia, Custodia Y Control Del Archivo De Notas Reservadas Y Comunicaciones Oficiales De Que Conozca Directamente El Ministro; 6ª Contestar Las Solicitudes De Audiencia, De Acuerdo Con Las Instrucciones Del Ministro, Y Atenderlas Cuando Para Ello Fuere Previamente Autorizado, Y 7ª Desempeñar Las Labores Especiales Que Le Confiera El Ministro

Decreto 33 de 1959 · Por el cual se señalan el personal, funciones y asignaciones del Ministerio de Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones del Secretario Privado: 1ª Dirigir el reparto de la correspondencia que llegue al Ministerio; 2ª Informar al Ministro y Secretario General, según el caso, sobre los asuntos de mayor importancia que se repartan a las diferentes, dependencias, o que requieran inmediata tramitación; 3ª Proyectar los oficios y correspondencia que le ordene el Ministro; 4ª El control y manejo de la clave del Ministerio; 5ª La vigilancia, custodia y control del archivo de notas reservadas y comunicaciones oficiales de que conozca directamente el Ministro; 6ª Contestar las solicitudes de audiencia, de acuerdo con las instrucciones del Ministro, y atenderlas cuando para ello fuere previamente autorizado, y 7ª Desempeñar las labores especiales que le confiera el Ministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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