Ley 42 de 1920 · por la cual se hace una cesión de baldíos a los Departamentos de Antioquia y Valle para Colonias Penales y a varios Municipios para fomento de obras públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La mensura, levantamiento del plano y adjudicación, se harán de conformidad con los Artículos 93 a 95 del Código Fiscal.
La porción de baldíos que se ceden por este articulo podrá incluir parte delos terrenos comprendidos en la jurisdicción de la Intendencia Nacional del Choco.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.