Ejercicio cargos públicos. Para desempeñar cargos en la administración pública, cuyo ejercicio requiera la profesión de químico farmacéutico, la persona nombrada deberá acreditar, el título universitario y estar inscrito en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud.
(Artículo 13 del Decreto 1945 de 1996)