Micelio

Artículo 1

Ley 29 de 1912 · que modifica disposiciones vigentes sobre pensiones del Tesoro Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las viudas de los ciudadanos que hayan desempeñado la Presidencia de la Republica, y en su defecto las hijas solteras, o viudas, de aquellos, disfrutaran de una pensión de cien pesos en oro, por mes, siempre que no tengan una renta anual que alcance a esa suma.

Cuando sean varias las hijas que se hallen en las condiciones que se dejan expresadas, se distribuirá entre ellas la suma de que trata esta Ley, por partes iguales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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