Micelio

Artículo 856

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Mayo 27 De 1887

Ley 92 de 1887 · que concede una recompensa al Capitán Emilio Fierro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Concédese al Capitán Emilio Fierro, por una vez, de acuerdo con el artículo 856 del Código Militar la recompensa de mil pesos ($ 1.000) pagaderos íntegramente en moneda legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 92 de 1887