Micelio

Artículo 3

Ley 24 de 1983 · Por la cual la Nación destina unas partidas para la financiación de acueductos en el Departamento del Tolima

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el presupuesto de las vigencias siguientes a la expedición de esta ley y por el término de dos (2) años consecutivos, se incluirán las partidas correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1983