Micelio

Artículo 1.2.2

Decreto 1730 de 1991 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2 . 1.2.2 19.REQUISITOS DE LOS BONOS. los títulos tendrán, según su naturaleza, los siguientes requisitos e indicaciones

a)

La clase de título de que se trata, impone de la emisión, valor nominal del título y de la serie y número progresivo que les corresponda;

b)

El capital pagado y reserva legal de la corporación;

c)

El tipo de interés y primas o premios si los hubiere y el modo de adjudicarlos;

d)

Los términos señalados para el pago del capital e intereses; forma y condiciones de las amortizaciones y cláusulas de reembolso anticipado, si las hubiere;

e)

El lugar de pago;

f)

Las garantías constituidas;

g)

Las inscripciones practicadas en los registros;

h)

Extracto del acta de emisión y de las leyes relativas a la materia, aprobado por la Superintendencia Bancaria;

i)

Cupones necesarios para el pago de los intereses y firma del gerente y del secretario de la corporación y del avalista en su caso;

j)

Los bonos podrán emitirse a tasa fija, determinable, flotante o con descuento, y

k)

Los bonos podrán ser nominativos, a la orden o al portador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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