Micelio

Artículo 1

O

Decreto 66 de 1990 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o. A partir del 1° de enero de 1990 la asignación básica para las distintas denominaciones de empleos de la Administración Postal Nacional, será la siguiente: ESCALA OPERATIVA ESCALA TECNICA EJECUTIVA GRADO ASIGNACION BASICA MENSUAL GRADO ASIGNACION BASICA MENSUAL 1 $ 41.376 1 $ 77.482 2 41.747 2 84.671 3 41.936 3 91.955 4 41.970 4 102.244 5 42.069 5 108.063 6 43.411 6 116.413 7 46.581 7 120.418 8 47.908 8 126.138 9 52.467 9 133.804 10 55.081 10 153.750 11 60.146 11 164.700 12 64.028 12 168.450 13 67.871 13 174.000 14 70.770 14 177.000 15 77.328 15 185.100 16 92.250 16 210.000 17 99.938 17 255.000 18 107.625 18 285.000 19 330.000 20 360.000 Para las escalas Operativa y Técnica Ejecutiva, la primera columna determina los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna establece la asignación básica mensual para cada grado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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