División de Impuestos Territoriales . De acuerdo con las políticas e instrucciones señaladas por el Subdirector, son funciones de la División de Impuestos Territoriales
Interpretar y mantener la unidad doctrinal en la aplicación de las normas sobre los impuestos de los distintos órdenes territoriales;
Absolver las consultas escritas que formulen tanto los funcionarios como los particulares sobre la interpretación y aplicación general de las normas que regulan los impuestos de los distintos órdenes territoriales;
Las demás que le asigne el Subdirector Jurídico.