Micelio

Artículo 3

Del Decreto Ley Número 2523 De 1950, Adquirir Los Ganados, Lenguas Cíe Bovinos, Materias Primas, Reactivos, Envases, Vehículos Y Demás Elementos Que Se Requieran Para El Fin Indicado

Decreto 1914 de 1953 · Que fija normas referentes a la producción y venta de vacuna antiaftosa nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Con sujeción a las disposiciones fiscales y para la producción de vacuna antiaftosa, el Instituto Nacional de Higiene Samper Martínez podrá, ya sea directamente o utilizando los servicios de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, como lo dispone el artículo 3° del Decreto ley número 2523 de 1950, adquirir los ganados, lenguas cíe bovinos, materias primas, reactivos, envases, vehículos y demás elementos que se requieran para el fin indicado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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