Atribuciones del Consejo Nacional de Voluntariado. Serán atribuciones del Consejo Nacional de Voluntariado las siguientes
Recibir y consolidar, dentro de los cinco primeros meses de cada año, los registros de los Consejos Departamentales de Voluntariado;
Entregar entre mayo y junio de cada año el consolidado del registro nacional de voluntariado al Ministerio del Interior y de Justicia, a Dansocial y al DANE;
Coordinar con el DANE su análisis y la elaboración de indicadores;
Ser promotor, garante y árbitro de las alianzas estratégicas efectuadas entre sus miembros;
Hacer la interlocución del voluntariado con Dansocial, con otras entidades del Estado del orden nacional y con organismos internacionales;
Propiciar encuentros y proyectos interdepartamentales, nacionales y sectoriales;
Recoger y coordinar las propuestas e iniciativas departamentales;
Dirimir los conflictos que se presenten en el seno de los Consejos Departamentales de Voluntariado que sean puestos a su consideración;
Liderar la celebración del día del voluntario el 5 de diciembre de cada año.