Micelio

Artículo 14

Decreto 1538 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 3ª , de 1991 en relacióncon el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para áreas urbanas y la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las cajas de compensación familiar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elegibilidad de promotores en postulaciones colectivas. Para participar en los diferentes programas y modalidades de acceso al subsidio, según lo señalado en el Decreto 824 de 1999, se deberá acreditar la elegibilidad de que trata el artículo 14 de dicho decreto, así como la condición de estar sometidas a auditorías externas. Lo mismo se aplicará a las demás entidades públicas o privadas que participen como promotoras de programas de soluciones de vivienda en la modalidad de postulaciones colectivas. CAPITULO II. Disposiciones transitorias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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