Micelio

Artículo 2.7.1.4.11

Bloqueo De Venta De Billetes Electrónicos Y Expedidos Por Máquinas O Terminales Electrónicas

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Bloqueo de venta de billetes electrónicos y expedidos por máquinas o terminales electrónicas. Previa la realización del sorteo los distribuidores y/o los operadores del juego de lotería tradicional, bloquearán la venta de billetes expedidos por máquinas o terminales electrónicas, o por cualquier otro medio autorizado, treinta (30) minutos antes de la realización del sorteo, a través de su sistema de gestión de juego.

Parágrafo

Los operadores del juego de lotería tomarán todas las medidas administrativas tendientes a garantizar el normal y oportuno flujo de información relacionada con la devolución, reporte y bloqueo de venta de la billetería, y formularán un plan de contingencia para garantizar la solución de los inconvenientes de tipo técnico que se puedan presentar.

(Art. 33 Decreto 3034 de 2013)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1068 de 2015